Ecuador estrenó su primer marco para regular las plataformas de pronósticos deportivos con el Decreto Presidencial 422 y el Reglamento a la Ley del Deporte, vigente desde junio de 2026. Las licencias operarán por cinco años y exigirán a las empresas una tasa anual de USD 315.710, retenciones de hasta 15% sobre premios y registro ante la UAFE.

Formalización con capacidad limitada
La reforma busca sacar del limbo legal a un mercado formal que mueve USD 252 millones y sostiene unos 22.000 empleos directos e indirectos. También prohíbe patrocinios de operadores no autorizados y restringe la publicidad de influencers para empresas sin licencia. El objetivo es doble: proteger la integridad de las competencias y contener riesgos de ludopatía y lavado de activos.
El principal desafío no es normativo, sino operativo. El Viceministerio del Deporte, ahora adscrito al Ministerio de Educación, deberá cobrar tasas, fiscalizar operadores y crear una Unidad Complementaria Antilavado en coordinación con la UAFE. Especialistas cuestionan que tenga recursos técnicos y presupuestarios suficientes, y proponen que el SRI administre los cobros.
La normativa secundaria debe estar lista hasta el 9 de diciembre de 2026. De su precisión dependerá que las licencias no se conviertan en una barrera administrativa ni dejen espacio para operadores informales, publicidad digital difícil de controlar y una supervisión estatal incapaz de seguir el ritmo del mercado.
