Alfonso Muñoz, experto en jubilaciones, advierte de una confusión frecuente en España: haber cotizado durante 15 años permite acceder a una pensión contributiva, pero no da derecho a cobrar el 100% de la prestación. El porcentaje inicial con ese periodo mínimo es del 50% de la base reguladora.

Acceder a la pensión no equivale a cobrarla completa
La normativa exige, además, que al menos dos de esos 15 años se hayan cotizado dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud. Cumplir ambos requisitos abre la puerta al sistema contributivo, pero la cuantía depende de dos elementos distintos: la base reguladora y el porcentaje aplicado sobre ella.
La base reguladora se calcula a partir de las cotizaciones acumuladas durante el periodo establecido por la ley. Por tanto, una carrera laboral más larga y unas bases de cotización más elevadas pueden mejorar el resultado, pero solo después se aplica el porcentaje correspondiente a los años cotizados. Con una base reguladora de 1.800 euros, por ejemplo, 15 años darían lugar a una pensión aproximada de 900 euros mensuales, antes de otros ajustes.
El porcentaje crece progresivamente con la carrera laboral. Según las cifras divulgadas por Muñoz, alcanza aproximadamente el 72,8% con 25 años cotizados y el 84,2% con 30 años. A partir de 2027, serán necesarios 37 años para llegar al 100% de la base reguladora.
La clave del aviso es separar el derecho a recibir una pensión de la cantidad que finalmente se cobra. La cotización mínima no garantiza una prestación completa y puede generar previsiones equivocadas al planificar la jubilación. Una vez alcanzado el 100%, seguir cotizando ya no eleva ese porcentaje, aunque la base reguladora y otros factores puedan influir en la cuantía final. Los complementos a mínimos, cuando procedan, tampoco modifican esta regla de cálculo.
